La designación de Mariano Roldán como primer juez de paz del recién creado Partido de Benito Juárez en 1867 constituye un hito fundacional que excede lo meramente administrativo. Este nombramiento debe ser comprendido como una pieza clave dentro de la estrategia del Estado provincial para institucionalizar el control territorial y consolidar la ocupación de la frontera sur en un contexto de conflictividad latente y consolidación del orden capitalista.

La figura del juez de paz en la campaña bonaerense decimonónica, como advierten Banzato y Valencia en “Los jueces de paz y la tierra en la frontera bonaerense, 1820–1885”, no debe reducirse a un mero agente judicial de baja jerarquía. Por el contrario, se trató de una autoridad híbrida, con funciones judiciales, policiales, administrativas, fiscales, militares y hasta políticas, concentradas en una misma persona. Fue, en términos de Foucault, una figura de poder capilar que materializaba el vínculo entre el Estado en formación y la sociedad rural dispersa. En palabras del propio Roldán, se trataba de un cargo “delicado”, asumido con la intención de corresponder “a las esperanzas que el vecindario debe fundar en su autoridad local” — una fórmula que conjuga paternalismo, liderazgo político y apropiación simbólica del orden público.
Desde su estancia El Porvenir, y en ausencia de un centro urbano, Roldán no solo encarnó la ley, sino que fue también juez y parte. Como muestran los casos analizados por Banzato y Valencia, la designación de jueces de paz recaía sistemáticamente en propietarios rurales, vecinos de peso, cuyos intereses individuales coincidían, o se alineaban, con los del gobierno provincial. Roldán responde con claridad a este perfil: estanciero, integrante de una familia patricia, con redes políticas en la capital y vínculos personales con figuras como Adolfo Alsina y Bartolomé Mitre. La justicia, en este contexto, no se impartía desde la neutralidad sino desde la propiedad, y en muchas ocasiones, desde la estancia misma.
La estructura legal vigente otorgaba a los jueces atribuciones que iban desde la regulación de padrones y la contribución directa hasta el control del mercado de tierras públicas y las escrituras de propiedad. Tal como lo advierten Banzato y Valencia, el juez era clave en los procesos de distribución, control y certificación de tierras — es decir, en la legitimación del orden agrario emergente. Esto explicaría por qué la justicia de paz fue una bisagra entre la ocupación militar del espacio y su reorganización civil y capitalista. La estancia El Porvenir, asiento del primer juzgado y de la comisión municipal, se convierte así en epicentro del doble proceso de territorialización y legalización de la propiedad, inaugurando una racionalidad estatal donde antes hubo tolderías, ranchos y formas colectivas de apropiación.
A esta función administrativa, se sumaba el rol militar. Roldán organizó desde su propiedad la Guardia Nacional y colaboró en el alistamiento de contingentes para la Revolución de 1874. En los términos del estudio de Banzato y Valencia, esta articulación entre jueces de paz y comandantes de la frontera era moneda corriente: reclutaban milicianos, organizaban caballadas, coordinaban con las autoridades militares y, de ser necesario, intervenían como agentes de pacificación o represión. Su poder no era solo simbólico, sino también efectivo y armado.
El pedido de refuerzo militar firmado por vecinos y canalizado por Roldán al comandante Álvaro Barros, reclamando la instalación de fuerzas en el Fortín Resistencia, confirma su papel como mediador entre la población rural y el aparato militar del Estado. Lejos de actuar como funcionario neutro, Roldán encarnaba los intereses de la elite ganadera local, interesada en la estabilización del territorio para garantizar la rentabilidad de sus inversiones y la valorización de sus tierras.
En este sentido, como afirman los autores del estudio, el juez de paz se convirtió en una figura “monstruosa” (en palabras de Manuel Quintana), que acumulaba las funciones de legislador, administrador y juez en un contexto donde el poder local estaba más asociado a la propiedad que al mandato democrático.
El juez de paz como administrador territorial y agente de control de la desigualdad
La designación de Mariano Roldán como juez de paz y su posterior accionar desde El Porvenir permiten comprender que la justicia de paz en la campaña bonaerense del siglo XIX no fue una institución menor ni improvisada, sino una pieza clave en la arquitectura del poder rural. Como analizan Banzato y Valencia, estos jueces no eran funcionarios judiciales en el sentido moderno, sino mediadores políticos, propietarios influyentes, y muchas veces, actores estratégicos en la consolidación de un nuevo orden territorial.

Roldán cumple con todos estos atributos: hombre de fortuna, estrechamente vinculado con el gobierno provincial, conocedor del territorio, y con iniciativa para organizar las instituciones básicas del nuevo partido. Su estancia no sólo fue el centro de su producción ganadera, sino también sede temporal de las autoridades judiciales, policiales y municipales. Como tal, se convirtió en un núcleo semioficial del Estado, donde se emitían disposiciones, se organizaban guardias, se redactaban cartas oficiales y se dirimían conflictos entre vecinos. La figura del juez, en este esquema, se entrelaza con la del patrón: la justicia y la propiedad se confunden.
Como muestran los autores, los jueces de paz ejercían una justicia “de proximidad”, que atendía desde conflictos de límites hasta disputas por animales, reclamos laborales y denuncias de violencia doméstica. Pero en contextos de frontera — como el que rodeó la fundación de Benito Juárez — , esa justicia de proximidad tenía un fuerte componente político y territorial. No se trataba simplemente de aplicar la ley, sino de garantizar el orden social y la propiedad en un espacio recién anexado, aún inestable, permeado por la amenaza indígena y la conflictividad rural.
De allí que su figura haya sido una pieza central en la política de “ocupación legal del territorio” desarrollada por el Estado provincial. Como dice el estudio:
“El poder del juez de paz estaba más ligado a la posesión del suelo que a una autoridad conferida exclusivamente por la ley”.
En otras palabras, la ley seguía a la propiedad, no la precedía. El juez de paz era eficaz no porque representara una justicia imparcial, sino porque su poder derivaba de su enraizamiento en el territorio y su capacidad para reproducir el orden que lo beneficiaba.
Además, este funcionario participaba activamente en el mercado de tierras: podía certificar ocupaciones, mediar en conflictos de herencia, y en algunos casos, intervenir en el circuito informal de transferencias. Así, su rol no era neutral frente a los procesos de concentración de la tierra, sino funcional a ellos. En el caso de Roldán, esta posición se reforzaba con su inserción en las redes provinciales: su amistad con Mitre, su correspondencia con Alsina, su presencia en las listas de cargos elaboradas por el Ministerio de Gobierno. No era un vecino cualquiera que asumía el juzgado: era un estanciero con proyecto político.
Este modelo de juez-propietario-articulador político fue, en muchos sentidos, el eslabón que permitió al Estado pasar de la ocupación militar del territorio al control civil, sin necesidad de desplegar una burocracia masiva. El patrón rural absorbía funciones del Estado y las ejecutaba en su beneficio, presentándolas como gestos de servicio público. El discurso de Roldán al aceptar el cargo, en el que expresa su “deseo de contribuir con mi grano de arena”, resulta ejemplar: la administración del poder se disfraza de compromiso cívico, legitimando el dominio social como si fuera una responsabilidad personal.
En suma, la figura del juez de paz en la frontera bonaerense debe ser leída como una pieza clave en la producción del orden capitalista del siglo XIX. No solo como administrador de justicia, sino como agente de disciplinamiento social, garante del derecho a la propiedad, colaborador del reclutamiento militar y regulador de la vida cotidiana. En la historia del Partido de Benito Juárez, Roldán cumple esa función con claridad: es el rostro local del Estado liberal en expansión, el mediador entre el gobierno central y los pobladores, el fundador de una legalidad hecha a imagen y semejanza del capital y la tierra.