Primera parte · Fundar, medir, trazar
XV
La génesis del Partido de Benito Juárez
En el contexto del modelo agroexportador
Fundar el partido significó convertir una ocupación territorial disputada en propiedad legal, autoridad estatal y espacio disponible para la acumulación.
La fundación local dentro del orden agroexportador
Fundaciones y Fronteras
La fundación del Partido de Benito Juárez, en el sudeste de la provincia de Buenos Aires, fue un eslabón en la maquinaria de expansión territorial y consolidación estatal que atravesó a la Argentina en la segunda mitad del siglo XIX. La creación de pueblos, el trazado de calles y la organización de la tierra se vincularon con el avance del modelo agroexportador, que transformó la pampa en superficie productiva bajo el imperativo del mercado mundial y las exigencias del capital. Este modelo, dominante desde la segunda mitad del siglo XIX, fue articulado a través de un entramado complejo de violencia, migraciones forzadas y transformaciones espaciales que configuraron nuevas formas de poblamiento y producción en la llanura pampeana.
La fundación del Partido no fue un acto aislado ni espontáneo: se inscribe en una genealogía histórica tejida por la guerra contra los pueblos originarios — principalmente mapuches —, las campañas militares conocidas bajo el nombre de "Conquista del Desierto", y la reorganización del espacio según las necesidades del capital agrario. En este sentido, el caso de Benito Juárez puede leerse como un microcosmos de las tensiones fundacionales del país.
David Viñas, en su obra Indios, ejército y frontera, permite leer este proceso no como una simple expansión de límites geográficos, sino como una operación de orden simbólico, económico y político que implicó el aniquilamiento — físico y cultural — de poblaciones originarias, la imposición de una racionalidad productiva capitalista y el despliegue de una retórica civilizatoria funcional al proyecto liberal del siglo XIX. Como señala el autor:
"la conquista del Desierto argentino resulta ejemplar en tanto modelo de complejo histórico (…) con sus programas, mediaciones y resultados, sus idas y vueltas, miserias, convocatorias y frustraciones, que legitiman las posibilidades de la dialéctica".[24]
Es en este marco que debe comprenderse el carácter fundacional de estancias como "Sol Argentino", que no sólo definen el territorio sobre el que luego se erigirá el ejido urbano del actual Partido, sino que también sintetizan en su espacialidad el espíritu de la empresa colonizadora. Estas estancias respondían a un patrón de ocupación extensiva, jerárquico y patriarcal, opuesto a las formas de organización del espacio y del tiempo propias de los pueblos originarios y los sectores populares criollos, como el gauchaje.
Leída desde la categoría marxiana de acumulación originaria, Sol Argentino no fue solamente una estancia más extensa o mejor organizada. Su consolidación participó de una separación histórica entre los habitantes del territorio y las condiciones materiales que hacían posible su autonomía. La mensura, el título, la marca y, más tarde, el alambrado no se limitaron a reconocer una propiedad ya constituida: establecieron derechos exclusivos, restringieron circulaciones y convirtieron la tierra en una condición de valorización privada.
En este sentido, fundar también fue cercar. El cercamiento material tuvo un correlato jurídico y político: allí donde coexistían desplazamientos, usos abiertos y formas inciertas o colectivas de ocupación, el nuevo orden fijó límites, propietarios y autoridades. Sin trasladar mecánicamente la experiencia inglesa a la pampa bonaerense, el capítulo XXIV del Libro I de El capital ofrece una clave para reconocer este movimiento: la propiedad capitalista no nace de una inclinación natural al ahorro, sino de una historia de desposesión, coerción y transformación de la tierra en mercancía.
Fotografía familiar
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La estancia reúne residencia, animales, carruaje y grupo familiar en una composición que presenta la propiedad como un mundo ordenado.
Ilustración 2 Mariano Roldán y su familia en ‘Sol Argentino’. La fundación de Benito Juárez se inscribió en las tramas de ocupación y disciplinamiento del espacio pampeano, donde la estancia capitalista operó como dispositivo de poder y el alambrado selló las transformaciones que las campañas militares habían preparado.
La estancia, como forma económica y social, contradice así el modelo minifundista promovido retóricamente por figuras como Domingo Faustino Sarmiento durante su presidencia. Mientras el discurso liberal celebraba la pequeña propiedad como vehículo de civilización, el resultado efectivo fue la concentración de la tierra en manos de unos pocos, fenómeno que tuvo su correlato en la marginación del gaucho y en la proletarización progresiva del inmigrante europeo.
El testimonio del viajero británico William Mac Cann, especialmente en el capítulo VII de Viaje a caballo por las provincias argentinas (1853), ofrece una valiosa mirada sobre este momento de transición. Allí describe una forma de vida gauchesca aún no sometida completamente a la lógica del trabajo disciplinado y del reloj. La temporalidad que registra Mac Cann es cíclica, morosa, hospitalaria y autosuficiente, muy distante del orden productivo impuesto por la estancia capitalista. El gaucho que retrata, "hombre moroso", "de hábitos migratorios", es parte de una cultura que aún resiste, aunque de forma cada vez más acorralada, al ordenamiento espacial y laboral impuesto por el nuevo régimen económico[25].
Esta tensión entre formas de vida es también una tensión entre mundos en pugna: entre la oralidad y la escritura, la movilidad y el sedentarismo, la lógica comunitaria y el afán acumulativo. En última instancia, la fundación del Partido de Benito Juárez es un acto de inscripción territorial que clausura posibilidades y al mismo tiempo inaugura otras: la creación de un centro urbano, la llegada de inmigrantes europeos, la organización de instituciones civiles, pero también la ocultación — cuando no el olvido — de las violencias fundacionales.
La historia de este territorio no comienza con su fundación legal o administrativa, sino mucho antes: en los desplazamientos de pueblos originarios, en los rastros de tolderías y saladeros, en las rutas del arreo y la caza. Reconstruir esta historia exige interrogar los silencios de los archivos, revisar críticamente los mitos de origen y reponer la complejidad del entramado histórico que dio origen a esta comunidad.
Una clave para leer la historia argentina
Aunque Marx tomó a Inglaterra como el caso clásico de la acumulación originaria, la categoría permite formular preguntas decisivas sobre la historia argentina. No corresponde trasladar de manera mecánica el modelo inglés, pero sí examinar los procesos que separaron poblaciones, territorios y medios de subsistencia. La apropiación de tierras indígenas, la expansión de la frontera estatal, la concentración territorial, el alambrado, la mensura y la conversión de la tierra en mercancía constituyeron dimensiones centrales del capitalismo agrario argentino.
Estos procesos no reprodujeron exactamente los enclosures ingleses. Sin embargo, articularon, bajo condiciones históricas propias, violencia, propiedad, Estado y mercado. El alambrado expresa una mutación comparable en un punto fundamental: fija límites, restringe circulaciones y convierte en propiedad exclusiva un espacio que había sostenido otros usos. La mensura vuelve abstracto el territorio; el título jurídico define al propietario; la fuerza estatal garantiza la exclusión; el mercado establece el valor.
En esta perspectiva, el progreso agropecuario pierde su apariencia de desarrollo puramente técnico. La ocupación militar y estatal, el desplazamiento de pueblos originarios, la persecución de las poblaciones rurales y la consolidación de la gran propiedad no fueron antecedentes secundarios de la modernización: constituyeron sus condiciones históricas. La riqueza producida sobre la pampa ordenada exigió, antes, la fabricación política de esa superficie disponible para la propiedad y la valorización.
Acumulación originaria y violencia territorial en la fundación del Partido de Benito Juárez
Propietario y empleados
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La puerta de la estancia funciona como marco simbólico. La disposición de las figuras permite leer posiciones diferentes dentro de un mismo orden productivo.
Ilustración 3 Mariano Roldán (derecha) junto a empleados. Estancia ‘Sol Argentino’, circa 1900. Núcleo fundacional del Partido de Benito Juárez. La creación del partido, lejos de ser un acto administrativo neutral, formó parte de la acumulación originaria en la pampa: cercó tierras, desplazó poblaciones y legalizó la apropiación capitalista del territorio bajo la forma de ley.
La fundación del Partido de Benito Juárez, formalizada el 31 de octubre de 1867 por ley provincial, no puede ser comprendida como un simple acto administrativo, ni como el resultado natural del poblamiento progresivo de la provincia de Buenos Aires. Por el contrario, debe leerse en clave histórica, como un capítulo local del proceso mayor de ocupación capitalista del espacio pampeano, a la manera en que Karl Marx analizó la acumulación originaria en Inglaterra[26], y que David Harvey amplió para mostrar su dimensión global[27].
Según Marx, el origen del capitalismo europeo no fue pacífico ni voluntario, sino el resultado de una violenta separación entre los productores rurales y sus medios de vida, es decir, la tierra. Este proceso, conocido como los cercamientos (enclosures), expropió tierras comunales bajo la protección del Estado para convertirlas en unidades privadas de producción orientadas al mercado, expulsando a los campesinos y generando una masa de trabajadores asalariados forzados. En El Capital, Marx señala que el cercamiento "libera" simultáneamente la tierra para la acumulación capitalista y a las personas de sus medios de subsistencia, volviéndolas dependientes del salario. Esta lógica de violencia fundante es central en su teoría.
Ahora bien, cuando observamos los decretos, reclamos y operaciones que dieron lugar a la fundación del Partido de Benito Juárez, encontramos ecos concretos de esa estructura histórica. La ley provincial N.º 544 del 31 de agosto de 1865, al establecer nuevos partidos para "fiscalizar mejor" los campos del sur, no solo buscaba eficiencia administrativa: institucionalizaba la ocupación de territorios hasta entonces disputados o resistidos por pueblos originarios. La frontera, en este marco, no era una línea natural, sino una herramienta de diseño estatal y militar para facilitar la expansión de la propiedad privada.
Al igual que en los cercamientos ingleses, aquí también la acción estatal es clave: el decreto delimita, organiza, adjudica; los terratenientes presionan para legitimar su control sobre tierras que, por su lejanía de las autoridades de Necochea, requerían un nuevo marco legal. La gestión de Mariano Roldán ante el gobernador Adolfo Alsina y su red de contactos (Dardo Rocha, Cambaceres) da cuenta de la articulación entre los intereses del capital rural y el aparato político provincial, que finalmente reconoce a la estancia "El Porvenir" como primer asentamiento institucional del partido. Es decir, la estancia no solo es unidad productiva: es núcleo fundacional del orden estatal.
La fundación como acto de acumulación territorial y disciplinamiento social
La instalación del Estado en el sudeste bonaerense, a través de la creación del Partido de Benito Juárez, no fue una consecuencia natural del poblamiento, sino una forma de legalizar la apropiación territorial y disciplinar la población en función de los requerimientos del modelo agroexportador. En este sentido, el caso de Juárez encarna de manera ejemplar lo que Marx denominó acumulación originaria: la génesis no solo de capitales individuales, sino de las condiciones sociales, jurídicas y espaciales para la reproducción del capital en una región dada.
Así como en los enclosures ingleses la propiedad privada cercó las tierras comunales con apoyo parlamentario y judicial, en la Pampa Húmeda fueron los decretos, las leyes provinciales y los vínculos entre hacendados y autoridades los que cercaron campos anteriormente ocupados por pueblos originarios, comunidades mestizas o gauchas errantes. La ley provincial N.º 521 del 29 de octubre de 1867 y la posterior designación de Mariano Roldán como Juez de Paz ratifican este proceso: la estancia deviene institución, el patrón se convierte en juez, y el espacio es organizado según los requerimientos de la propiedad y el control social.
David Harvey, al analizar el desarrollo del capitalismo a escala mundial, advierte que los cercamientos no son un episodio exclusivo del capitalismo inglés, sino una lógica global del capital para apropiarse de recursos y territorios ajenos, muchas veces bajo el disfraz de la legalidad, el orden y el progreso:
"A medida que el capitalismo industrial se consolidaba en Europa y Norteamérica, fue cobrando cada vez más importancia el saqueo de las riquezas de India, China y otras formaciones sociales no capitalistas ya desarrolladas, en particular desde mediados del siglo XIX en adelante. Durante esa fase se produjo una inmensa transferencia de valor desde el este y el sur de Asia en particular, pero también en cierta medida desde Sudamérica y África, hacia la clase capitalista industrial localizada en los principales países capitalistas."[28]
En esta clave, el avance del Estado provincial sobre el sur bonaerense puede ser leído como parte del mismo proceso de desposesión que Marx analizó para Inglaterra, y que Harvey extiende al mundo colonial y semicolonial: una forma de garantizar la disponibilidad de tierras, trabajo y rutas de transporte para la reproducción ampliada del capital.
La existencia previa de rutas como el "Camino de la Posta", los establecimientos como "San Antonio" y "La Paloma", o los núcleos en torno a "El Junco", indican que ya existía una ocupación efectiva, informal y heterogénea del territorio, muy distinta del modelo ordenado que impone el Estado provincial. La fundación del partido, entonces, es una regularización excluyente, que no reconoce la legitimidad de las ocupaciones anteriores — sean indígenas, gauchas o mestizas — y las reemplaza por un orden basado en la propiedad individual, el título legal y la autoridad del Estado.
Cartografía de frontera
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El mapa registra un espacio conocido, recorrido y nombrado. Su propia densidad contradice la representación posterior de un territorio vacío.
Ilustración 4 Mapa de 1825 muestra la región de las Pampas en Argentina, incluyendo la línea de frontera establecida en 1818. Se puede ver que la zona de la "Sierra de la Ventana" ya era conocida en esa época. El mapa también indica la ubicación de ríos como el Río Salado y la presencia de territorios ocupados por pueblos originarios.
Este pasaje de la informalidad a la legalidad, de la vida a campo abierto al partido organizado, del gaucho errante al peón asalariado, constituye el verdadero acto fundacional. El Partido de Benito Juárez nace, así, como concreción espacial del capital, como punto de condensación de las violencias estructurales que permiten que la estancia se convierta en partido, el patrón en juez, y el "desierto" en campo de producción. Lejos de ser un capítulo menor, la fundación de Juárez representa, en miniatura, la historia argentina de la tierra: expropiación, legalización y explotación.
Cercamientos contemporáneos
La imagen del cerco conserva una poderosa capacidad analítica porque permite reconocer procesos de exclusión que no siempre adoptan la forma visible de una cerca. Existe cercamiento cuando un recurso que sostenía usos compartidos queda sometido a un régimen de acceso exclusivo. Puede tratarse de tierra, agua, bosques, semillas, vivienda, conocimiento o infraestructura digital. El elemento decisivo no reside en la materialidad de la barrera, sino en la transformación de una posibilidad común en una propiedad que exige pago, permiso o autorización.
No toda regulación constituye, por sí misma, un cercamiento. Una comunidad puede establecer reglas colectivas para preservar un recurso y distribuir su uso. El cercamiento aparece cuando la regulación transfiere la capacidad de decisión y apropiación hacia propietarios privados o grupos que excluyen a quienes dependían del bien. El problema histórico no consiste, entonces, en la mera existencia de una norma, sino en la relación social que esa norma instituye: quién decide, quién se apropia y quién pierde una condición de vida.
En el mundo rural, esta lógica persiste bajo la forma de desplazamientos, expansión extractiva, concentración territorial y eliminación de derechos consuetudinarios. En las ciudades puede reconocerse en la privatización del espacio, el desplazamiento de habitantes y la apropiación inmobiliaria de zonas valorizadas. En el ámbito digital aparece cuando conocimientos, datos o infraestructuras producidos de manera colectiva quedan bajo el control exclusivo de plataformas. Una parcela inglesa, una patente y una plataforma no son fenómenos idénticos; la comparación sólo resulta productiva si conserva las diferencias históricas.
La categoría adquiere precisión cuando orienta preguntas concretas:
¿Qué recurso antes accesible dejó de estarlo?
¿Qué derechos o usos fueron eliminados?
¿Quién obtuvo la capacidad de control y apropiación?
¿Quién quedó excluido o perdió autonomía?
¿Qué intervención jurídica o estatal hizo posible la transformación?
¿La pérdida obligó a las personas afectadas a depender en mayor medida del mercado?
¿Qué nuevas relaciones de trabajo, pago o endeudamiento surgieron?
El concepto pierde fuerza cuando se convierte en una metáfora general para cualquier límite o restricción. Su potencia reside en mostrar una relación históricamente determinada entre desposesión, propiedad y dependencia. El cerco importa porque no sólo separa espacios: reorganiza derechos, concentra decisiones y obliga a quienes quedaron afuera a buscar en el mercado aquello que antes formaba parte de sus condiciones de existencia.
La institucionalización de la frontera: Mariano Roldán, juez de paz y hacendado
La designación de Mariano Roldán como primer juez de paz del recién creado Partido de Benito Juárez en 1867 constituye un hito fundacional que excede lo meramente administrativo. Este nombramiento debe ser comprendido como una pieza clave dentro de la estrategia del Estado provincial para institucionalizar el control territorial y consolidar la ocupación de la frontera sur en un contexto de conflictividad latente y consolidación del orden capitalista.
Retrato de autoridad
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Concentró atribuciones judiciales, administrativas y policiales en un espacio que todavía carecía de un centro urbano.
Ilustración 5 Roldán, Mariano (1834-1923) Primer juez de paz de Benito Juárez, encarnó la articulación entre propiedad y justicia, ejerciendo funciones judiciales, administrativas y militares desde su estancia. Su figura ilustra el modo en que la ley se fundó en la tierra y en el poder de los propietarios durante la ocupación capitalista del sur bonaerense.
La figura del juez de paz en la campaña bonaerense decimonónica, como advierten Banzato y Valencia[29], no debe reducirse a un mero agente judicial de baja jerarquía. Por el contrario, se trató de una autoridad híbrida, con funciones judiciales, policiales, administrativas, fiscales, militares y hasta políticas, concentradas en una misma persona. Fue, en términos de Foucault, una figura de poder capilar que materializaba el vínculo entre el Estado en formación y la sociedad rural dispersa[30]. En palabras del propio Roldán, se trataba de un cargo "delicado", asumido con la intención de corresponder "a las esperanzas que el vecindario debe fundar en su autoridad local" —una fórmula que conjuga paternalismo, liderazgo político y apropiación simbólica del orden público.
Desde su estancia El Porvenir, y en ausencia de un centro urbano, Roldán no solo encarnó la ley, sino que fue también juez y parte. Como muestran los casos analizados por Banzato y Valencia, la designación de jueces de paz recaía sistemáticamente en propietarios rurales, vecinos de peso, cuyos intereses individuales coincidían, o se alineaban, con los del gobierno provincial. Roldán responde con claridad a este perfil: estanciero, integrante de una familia patricia, con redes políticas en la capital y vínculos personales con figuras como Adolfo Alsina y Bartolomé Mitre. La justicia, en este contexto, no se impartía desde la neutralidad sino desde la propiedad, y en muchas ocasiones, desde la estancia misma.
La trayectoria de Roldán condensa así una articulación decisiva entre propiedad y Estado. La autoridad que registraba marcas, certificaba ocupaciones, organizaba milicias y garantizaba contratos protegía, al mismo tiempo, el régimen territorial del que participaban los grandes propietarios. El Estado no llegó después del cercamiento para custodiar un orden ya concluido: intervino en su producción jurídica y práctica, definiendo quién podía ocupar, circular, trabajar y reclamar sobre la tierra.
Marx mostró que la expropiación rural no fue un resultado espontáneo del mercado, sino un proceso sostenido por leyes, castigos y poderes públicos. En Benito Juárez, Roldán vuelve visible esa dimensión estatal en escala local. Su figura señala el pasaje de la conquista a la administración: la violencia abierta de la frontera no desapareció, sino que se transformó en expediente, mensura, reglamento y autoridad cotidiana. El propietario convertido en juez fue, por eso, algo más que un mediador; fue una de las formas concretas que asumió el Estado en el territorio.
En esa trama, la ley no actuó como una envoltura externa de la economía. La delimitación del partido, la mensura de los campos, el reconocimiento de títulos, el control de las circulaciones y la persecución de quienes carecían de patrón produjeron las condiciones del mercado territorial y laboral. La intervención estatal convirtió una relación de fuerzas en un orden jurídico duradero. Roldán representó ese poder allí donde la distancia respecto de la administración provincial hacía de la autoridad local una presencia decisiva.
La estructura legal vigente otorgaba a los jueces atribuciones que iban desde la regulación de padrones y la contribución directa hasta el control del mercado de tierras públicas y las escrituras de propiedad. Tal como lo advierten Banzato y Valencia, el juez era clave en los procesos de distribución, control y certificación de tierras —es decir, en la legitimación del orden agrario emergente. Esto explicaría por qué la justicia de paz fue una bisagra entre la ocupación militar del espacio y su reorganización civil y capitalista. La estancia El Porvenir, asiento del primer juzgado y de la comisión municipal, se convierte así en epicentro del doble proceso de territorialización y legalización de la propiedad, inaugurando una racionalidad estatal donde antes hubo tolderías, ranchos y formas colectivas de apropiación.
A esta función administrativa, se sumaba el rol militar. Roldán organizó desde su propiedad la Guardia Nacional y colaboró en el alistamiento de contingentes para la Revolución de 1874[31]. En los términos del estudio de Banzato y Valencia, esta articulación entre jueces de paz y comandantes de la frontera era moneda corriente: reclutaban milicianos, organizaban caballadas, coordinaban con las autoridades militares y, de ser necesario, intervenían como agentes de pacificación o represión[32]. Su poder no era solo simbólico, sino también efectivo y armado.
El pedido de refuerzo militar firmado por vecinos y canalizado por Roldán al comandante Álvaro Barros, reclamando la instalación de fuerzas en el Fortín Resistencia, confirma su papel como mediador entre la población rural y el aparato militar del Estado. Lejos de actuar como funcionario neutro, Roldán encarnaba los intereses de la elite ganadera local, interesada en la estabilización del territorio para garantizar la rentabilidad de sus inversiones y la valorización de sus tierras.
En este sentido, como afirman los autores del estudio, el juez de paz se convirtió en una figura "monstruosa" (en palabras de Manuel Quintana), que acumulaba las funciones de legislador, administrador y juez en un contexto donde el poder local estaba más asociado a la propiedad que al mandato democrático.
El juez de paz como administrador territorial y agente de control de la desigualdad
La designación de Mariano Roldán como juez de paz y su posterior accionar desde El Porvenir permiten comprender que la justicia de paz en la campaña bonaerense del siglo XIX no fue una institución menor ni improvisada, sino una pieza clave en la arquitectura del poder rural. Como analizan Banzato y Valencia, estos jueces no eran funcionarios judiciales en el sentido moderno, sino mediadores políticos, propietarios influyentes, y muchas veces, actores estratégicos en la consolidación de un nuevo orden territorial.
Roldán cumple con todos estos atributos: hombre de fortuna, estrechamente vinculado con el gobierno provincial, conocedor del territorio, y con iniciativa para organizar las instituciones básicas del nuevo partido. Su estancia no sólo fue el centro de su producción ganadera, sino también sede temporal de las autoridades judiciales, policiales y municipales. Como tal, se convirtió en un núcleo semioficial del Estado, donde se emitían disposiciones, se organizaban guardias, se redactaban cartas oficiales y se dirimían conflictos entre vecinos. La figura del juez, en este esquema, se entrelaza con la del patrón: la justicia y la propiedad se confunden.
Como muestran los autores, los jueces de paz ejercían una justicia "de proximidad", que atendía desde conflictos de límites hasta disputas por animales, reclamos laborales y denuncias de violencia doméstica. Pero en contextos de frontera —como el que rodeó la fundación de Benito Juárez—, esa justicia de proximidad tenía un fuerte componente político y territorial. No se trataba simplemente de aplicar la ley, sino de garantizar el orden social y la propiedad en un espacio recién anexado, aún inestable, permeado por la amenaza indígena y la conflictividad rural.
De allí que su figura haya sido una pieza central en la política de "ocupación legal del territorio" desarrollada por el Estado provincial. Se comprende que el poder del juez de paz estaba más ligado a la posesión del suelo que a una autoridad conferida exclusivamente por la ley. En otras palabras, la ley seguía a la propiedad, no la precedía. El juez de paz era eficaz no porque representara una justicia imparcial, sino porque su poder derivaba de su enraizamiento en el territorio y su capacidad para reproducir el orden que lo beneficiaba.
Además, este funcionario participaba activamente en el mercado de tierras: podía certificar ocupaciones, mediar en conflictos de herencia, y en algunos casos, intervenir en el circuito informal de transferencias. Así, su rol no era neutral frente a los procesos de concentración de la tierra, sino funcional a ellos. En el caso de Roldán, esta posición se reforzaba con su inserción en las redes provinciales: su amistad con Mitre, su correspondencia con Alsina, su presencia en las listas de cargos elaboradas por el Ministerio de Gobierno. No era un vecino cualquiera que asumía el juzgado: era un estanciero con proyecto político.
Este modelo de juez-propietario-articulador político fue, en muchos sentidos, el eslabón que permitió al Estado pasar de la ocupación militar del territorio al control civil, sin necesidad de desplegar una burocracia masiva. El patrón rural absorbía funciones del Estado y las ejecutaba en su beneficio, presentándolas como gestos de servicio público. El discurso de Roldán al aceptar el cargo, en el que expresa su "deseo de contribuir con mi grano de arena", resulta ejemplar: la administración del poder se disfraza de compromiso cívico, legitimando el dominio social como si fuera una responsabilidad personal.
En suma, la figura del juez de paz en la frontera bonaerense debe ser leída como una pieza clave en la producción del orden capitalista del siglo XIX. No solo como administrador de justicia, sino como agente de disciplinamiento social, garante del derecho a la propiedad, colaborador del reclutamiento militar y regulador de la vida cotidiana. En la historia del Partido de Benito Juárez, Roldán cumple esa función con claridad: es el rostro local del Estado liberal en expansión, el mediador entre el gobierno central y los pobladores, el fundador de una legalidad hecha a imagen y semejanza del capital y la tierra.
Fundar un partido, ocupar un territorio
Cuando el gobernador Adolfo Alsina designó a Mariano Roldán como primer juez de paz del nuevo Partido de Benito Juárez en 1867, lo hizo en el marco de un proceso mayor, que excedía largamente las necesidades locales de orden o seguridad. La creación de nuevos partidos en la frontera sur bonaerense, como el de Juárez, respondió a la necesidad de territorializar el poder estatal, consolidar la apropiación privada de la tierra y organizar un régimen productivo funcional a la acumulación capitalista en clave agroexportadora. En este esquema, el juez de paz no fue un mero intermediario: fue un actor político clave. Y su figura encarna, en lo local, una dinámica general que Karl Marx definió como acumulación originaria.
La noción de acumulación originaria, desarrollada por Marx en el capítulo XXIV de El Capital[33], designa el proceso histórico mediante el cual se escinde a los productores directos de los medios de producción, transformándolos en trabajadores asalariados "libres" solo en el sentido de estar libres de todo capital y de todo acceso a la tierra. A diferencia de la acumulación propiamente capitalista —basada en la compra-venta "libre" de fuerza de trabajo y producción de plusvalía—, la acumulación originaria se apoya en la violencia, el robo, la expropiación y la represión estatal.
Rolando Astarita, retomando a Marx, reconstruye este proceso en la historia argentina del siglo XIX: la apropiación de tierras fiscales por parte de sectores ligados al Estado, la entrega de miles de hectáreas a militares y políticos afines, la represión de indígenas y el disciplinamiento de los gauchos a través de figuras como el juez de paz y el Código Rural[34]. Este proceso de formación del orden liberal-capitalista en el campo argentino no se basó en la competencia ni en la eficiencia productiva, sino en el despojo y la legalización de la desigualdad a través del poder estatal.
En este contexto, la figura de Roldán debe ser leída con nuevos ojos. No sólo como un vecino activo que "colabora con la organización del partido", sino como un agente central en la transformación del territorio en propiedad privada y del campesinado rural en mano de obra sujeta. Su designación como juez de paz, su rol en el reclutamiento de milicias, su gestión desde su propia estancia, la instalación del juzgado en El Porvenir, y su participación en redes políticas provinciales revelan un perfil típicamente compatible con la fase argentina de la acumulación originaria.
La propiedad como violencia organizada
Marx afirma que la propiedad privada de la tierra no es una relación "natural", sino una relación social violenta que se presenta como si fuera jurídica o espontánea. En sus palabras, supone el "monopolio de ciertas personas sobre determinadas porciones del planeta, con exclusión de los demás"[35]. La idea de "fundar un partido" debe entenderse, entonces, como el acto institucional que clausura ese proceso violento y lo presenta como legalidad naturalizada.
Astarita profundiza este punto al mostrar que, en el caso argentino, esa apropiación se tradujo en donaciones estatales, ventas a precios irrisorios en moneda devaluada, concesiones previas a las campañas militares, especulación crediticia con tierras y concentración latifundista. Lejos de una narrativa de progreso ordenado, la formación de la clase terrateniente pampeana fue el resultado de una economía política del saqueo legalizado, en connivencia con sectores del aparato estatal. Y es en ese esquema donde se inscribe la actuación de Roldán como juez de paz: certificando, organizando, distribuyendo, reprimiendo y legalizando.
Por eso, cuando en su carta de aceptación del cargo Roldán afirma que lo hace "para corresponder a las esperanzas del vecindario", lo que en realidad dice es que se compromete con el bloque de poder que lidera y representa. Su administración no fue la de un magistrado imparcial, sino la de un propietario armado de legitimidad estatal, que interviene en conflictos de tierras, organiza milicias, negocia con militares y actúa como centro del poder local.
Además, su vínculo directo con el Código Rural de 1865 —que establecía duras condiciones para los trabajadores sin tierra y criminalizaba la vagancia— permite entender su figura como la del ejecutor del disciplinamiento social en la campaña. Como señala Astarita, el Código Rural consagró un régimen que convertía al gaucho sin patrón en vago, y al vago en delincuente o conscripto, disponible para el servicio de armas. En palabras de Panettieri, era una "servidumbre rural legalizada"[36]. Y el juez de paz, junto al comandante militar, era el ejecutor práctico de ese régimen.
De la propiedad al poema: acumulación originaria y Martín Fierro
En un momento particularmente iluminador de su análisis, Rolando Astarita afirma que El Gaucho Martín Fierro de José Hernández es uno de los documentos más valiosos que tenemos para comprender las consecuencias sociales del proceso de acumulación originaria en la campaña bonaerense. No como documento histórico en sentido estrecho, sino como registro poético de una experiencia social concreta: la del gaucho desplazado, perseguido, expropiado, forzado a integrarse al orden estatal en calidad de miliciano o delincuente. El Martín Fierro es, en este sentido, la voz subalterna del mismo proceso que la figura del juez de paz representa desde arriba.
Fierro, a lo largo del poema, expresa una y otra vez su relación conflictiva con el juez de paz. Es perseguido, detenido, sancionado, conducido a la frontera como soldado, despojado de sus vínculos, y finalmente convertido en errante. Esa figura del juez no aparece como símbolo de justicia, sino como representación del despotismo rural, de la ley que protege al poderoso y castiga al libre. Dice Fierro:
“A mí el juez me tomó entre ojosen la última votación:me le había hecho el remolóny no me arrimé ese día,y él dijo que yo servíaa los de la esposición.Y ansí sufrí ese castigotal vez por culpas ajenas;que sean malas o sean güeñaslas listas, siempre me escondo:yo soy un gaucho redondoy esas cosas no me enllenan.”El Gaucho Martín Fierro, Canto III.
Este verso, como tantos otros, condensa el contraste entre la ley escrita y la ley vivida. Para el gaucho, el juez de paz no es garantía de orden, sino instrumento de opresión, parte de una maquinaria que incluye jueces, patrones, comandantes y vigilantes. En términos marxistas, es la forma institucional de la violencia de clase. Y es también, como señala Astarita, la forma subjetiva de la acumulación originaria: aquella en que el productor directo es separado no solo de sus medios de vida, sino también de sus derechos, su dignidad y su identidad cultural.
Aquí es donde se cierra el círculo: la estancia Sol Argentino, organizada jerárquicamente, legalizada desde el juzgado de paz de El Porvenir, sostenida por milicias reclutadas en la región, es la cara institucional del mismo mundo que expulsa a Fierro de su rancho. Roldán y Fierro no son simplemente dos personajes: son dos posiciones en la estructura social. Uno funda el partido; el otro es expulsado de él. Uno firma cartas con Alsina; el otro escapa de la leva. Uno se sienta a la mesa del poder; el otro canta en la soledad del campo abierto.
Preguntas que persisten
Este contraste no clausura el análisis: lo abre a nuevas preguntas. ¿Qué tipo de Estado se estaba formando en estas fronteras? ¿Qué tipo de sujeto pretendía producir? ¿Qué tensiones culturales, jurídicas y políticas dejó abiertas ese proceso, cuyas huellas aún persisten en los relatos fundacionales de los pueblos bonaerenses?
Preguntas para continuar la lectura
Estas preguntas no cierran el capítulo: prolongan sus problemas más allá del texto.
- 01
¿Qué permite comprender el caso de Sol Argentino acerca de la articulación entre propiedad territorial, poder estatal y formación del orden agroexportador?
- 02
¿Qué experiencias, derechos y formas de habitar quedaron fuera de los documentos que transformaron el territorio en una propiedad jurídicamente reconocida?
Notas del capítulo
(Viñas, 1982, pág. 152)
Volver al texto ↑(Mac Cann, 1939, Cap. VII)
Volver al texto ↑(Marx, 2004, pág. 930)
Volver al texto ↑(Harvey, 2014, págs. 281-295)
Volver al texto ↑(Harvey, 2014, pág. 318)
Volver al texto ↑(Banzato & Valencia, Los jueces de paz y la tierra en la frontera bonaerense, 1820-1885, 2005)
Volver al texto ↑(Foucault, Vigilar y castigar: Nacimiento de la prisión, 1975, pág. 140)
Volver al texto ↑La Revolución de 1874 fue un movimiento armado impulsado por el ex presidente Bartolomé Mitre tras denunciar fraude en las elecciones de diputados nacionales (febrero) y presidenciales (abril) de ese año, que habían favorecido a Nicolás Avellaneda. El levantamiento comenzó el 24 de septiembre de 1874, un día antes de la asunción presidencial, debido a que los preparativos fueron descubiertos. Con base principalmente en la provincia de Buenos Aires, Mitre y los generales Ignacio Rivas y José Miguel Arredondo movilizaron cerca de 5.000 hombres, incluidos tropas regulares, milicias de la Guardia Nacional y lanceros indígenas, especialmente aliados del cacique Cipriano Catriel. La derrota principal ocurrió en la batalla de La Verde (26 de noviembre de 1874), donde las fuerzas de Rivas y Mitre fueron rechazadas por el teniente coronel José Inocencio Arias. Concluyó el 7 de diciembre de 1874, en Santa Rosa (Mendoza), con la victoria gubernamental y la rendición, arresto o exilio de los cabecillas mitristas, entre ellos Rivas.
Volver al texto ↑(Banzato & Valencia, Los jueces de paz y la tierra en la frontera bonaerense, 1820-1885, 2005, pág. 9)
Volver al texto ↑(Op. cit. pág. 930-940)
Volver al texto ↑(Astarita, 2024)
Volver al texto ↑(Op. cit. pág. 793)
Volver al texto ↑(Panettieri, 1982, pág. 23)
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La estancia, la propiedad y el juzgado de paz formaron una misma arquitectura territorial: el propietario organizó el espacio y la legalidad que protegía ese orden.